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BOE-A-2026-11929 ·3 juin 2026 ·Resolución Impact faible
Fiscal

Empresas del sector aeroportuario: 3 meses para adaptar el Convenio colectivo afectado por nulidad

La Sentencia del Tribunal Supremo (TS 430/2026) nula la Sentencia de la Audiencia Nacional (AN 140/2024) y el inciso de la disposición transitoria 6 del Convenio de Exolum Aviation, publicado el 20 de junio de 2024 (art. 2). Esto obliga a las empresas del sector aeroportuario a reevaluar el Convenio colectivo y a proceder a su actualización conforme a la nueva interpretación jurídica.

Qui est concerné

S'applique à ce profil

  • Empresas del sector aeroportuario
  • Convenios colectivos afectados por nulidad

art. 2

S'applique à ce profil

  • Autónomos vinculados a empresas del sector aeroportuario

Comment cela affecte les parties prenantes

Para las empresas del sector aeroportuario, se requiere una revisión del Convenio colectivo vigente, lo que implica costos administrativos y posibles ajustes en las condiciones laborales. Los trabajadores podrían ver modificadas sus condiciones de trabajo. Los asesores laborales deben actualizar sus informes y orientación jurídica. Las administraciones regionales deben supervisar la adaptación del Convenio colectivo.

Chronologie

2026-06-03pubPublication au BOE
2026-06-03vigorEntrée en vigueur (resolución de 21 de mayo de 2026)
Secteurs concernés
Texte officiel Basé sur les données du BOE (boe.es). Information, pas conseil juridique.

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Cette analyse est fournie à titre informatif et ne constitue pas un conseil juridique ni une relation client-conseiller. BM Consulting.
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