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Abogado laboral para hostelería: gestione la plantilla del sector más regulado de España

La hostelería es el sector con mayor tasa de inspecciones de trabajo de España. La temporalidad estructural, los contratos fijos-discontinuos tras la reforma de 2022, las horas extraordinarias no compensadas, el control de la jornada, los descansos entre jornadas en turnos de noche y el régimen especial de propinas son focos permanentes de conflicto y sanción. Además, el sector aplica más de veinte convenios colectivos diferentes según el subsector y la comunidad autónoma, lo que hace imprescindible conocer cuál aplica en cada caso. Una infracción grave por incumplimiento de jornada puede suponer una sanción de hasta 225.018 euros y la responsabilidad solidaria con la empresa principal en caso de subcontratación.

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Por qué BM Consulting

Asesoramiento especializado y trato personal

En BMC ofrecemos un servicio de asesoramiento laboral integral para empresas del sector hostelería y turismo: desde el diseño de la estructura de plantilla y los contratos adecuados hasta la gestión de despidos, ERE, ERTE estacionales y la representación ante la Inspección de Trabajo y los juzgados. Conocemos los convenios del sector —hostelería de Madrid, Catalunya, Comunitat Valenciana, Andalucía y los de ámbito nacional para cadenas hoteleras— y actuamos con rapidez ante los requerimientos de la Inspección.

  • Los convenios de hostelería (provinciales o de empresa) determinan el salario, jornada, turnos y descansos de cada categoría.

  • Desde la reforma laboral de 2022, los contratos de temporada y fijos discontinuos tienen prioridad sobre los contratos eventuales.

  • El registro de jornada es especialmente crítico en hostelería — la Inspección de Trabajo actúa de oficio en este sector.

  • Los ERTEs estacionales en hostelería permiten reducir o suspender contratos en temporada baja con apoyo del SEPE.

Cómo trabajamos

Del primer contacto al cierre del expediente

  1. Auditoría laboral del establecimiento

    Revisamos contratos, registro de jornada, cuadros de turnos, libro de visitas digital y cotizaciones para identificar riesgos antes de que llegue la Inspección. Le entregamos un informe con los puntos críticos y el plan de regularización.

  2. Diseño de la estructura de plantilla

    Determinamos el mix óptimo de contratos para su negocio: fijos-discontinuos para plantilla base de temporada, indefinidos para puestos permanentes, contratación de refuerzo en picos de actividad. Redactamos los contratos conforme al convenio aplicable.

  3. Gestión de despidos y conflictos

    Elaboramos las cartas de despido, preparamos la documentación para el SMAC y le representamos en juicio si el trabajador impugna el despido ante el Juzgado de lo Social. Especial atención al régimen de los fijos-discontinuos tras la reforma laboral.

  4. Asistencia en ERTE estacionales y ERE

    Gestionamos los ERTE por causas productivas o de fuerza mayor (climatología, pandemias, cierre temporal) y los ERE cuando sea necesaria una reducción estructural de plantilla. Negociamos con los representantes de los trabajadores y coordinamos con el SEPE.

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El problema

La hostelería es el sector con mayor tasa de inspecciones de trabajo de España. La temporalidad estructural, los contratos fijos-discontinuos tras la reforma de 2022, las horas extraordinarias no compensadas, el control de la jornada, los descansos entre jornadas en turnos de noche y el régimen especial de propinas son focos permanentes de conflicto y sanción. Además, el sector aplica más de veinte convenios colectivos diferentes según el subsector y la comunidad autónoma, lo que hace imprescindible conocer cuál aplica en cada caso. Una infracción grave por incumplimiento de jornada puede suponer una sanción de hasta 225.018 euros y la responsabilidad solidaria con la empresa principal en caso de subcontratación.

Nuestra solución

En BMC ofrecemos un servicio de asesoramiento laboral integral para empresas del sector hostelería y turismo: desde el diseño de la estructura de plantilla y los contratos adecuados hasta la gestión de despidos, ERE, ERTE estacionales y la representación ante la Inspección de Trabajo y los juzgados. Conocemos los convenios del sector —hostelería de Madrid, Catalunya, Comunitat Valenciana, Andalucía y los de ámbito nacional para cadenas hoteleras— y actuamos con rapidez ante los requerimientos de la Inspección.

Proceso

Como lo hacemos

1

Auditoría laboral del establecimiento

Revisamos contratos, registro de jornada, cuadros de turnos, libro de visitas digital y cotizaciones para identificar riesgos antes de que llegue la Inspección. Le entregamos un informe con los puntos críticos y el plan de regularización.

2

Diseño de la estructura de plantilla

Determinamos el mix óptimo de contratos para su negocio: fijos-discontinuos para plantilla base de temporada, indefinidos para puestos permanentes, contratación de refuerzo en picos de actividad. Redactamos los contratos conforme al convenio aplicable.

3

Gestión de despidos y conflictos

Elaboramos las cartas de despido, preparamos la documentación para el SMAC y le representamos en juicio si el trabajador impugna el despido ante el Juzgado de lo Social. Especial atención al régimen de los fijos-discontinuos tras la reforma laboral.

4

Asistencia en ERTE estacionales y ERE

Gestionamos los ERTE por causas productivas o de fuerza mayor (climatología, pandemias, cierre temporal) y los ERE cuando sea necesaria una reducción estructural de plantilla. Negociamos con los representantes de los trabajadores y coordinamos con el SEPE.

Hostelería y turismo: el sector bajo el foco de la Inspección

La hostelería es, junto con la construcción, el sector que más inspecciones de trabajo recibe en España. La combinación de plantillas numerosas, alta rotación, temporalidad estructural y horarios atípicos crea un entorno donde el cumplimiento laboral es especialmente exigente. Desde la reforma laboral de 2022, las reglas del juego han cambiado de forma significativa: la figura del contrato eventual ha dejado de ser la respuesta automática para la temporada, y los fijos-discontinuos han pasado a ser la norma.

En BMC asesoramos a establecimientos hoteleros, cadenas de restauración, empresas de catering, agencias de viajes y operadores turísticos en la gestión de sus plantillas. Nuestro equipo de abogados laboralistas conoce los convenios colectivos del sector —incluidos los autonómicos de mayor complejidad— y tiene experiencia directa en la representación ante la Inspección de Trabajo, el SMAC y los juzgados de lo social.

Convenios colectivos en hostelería: cuál aplica y qué dice

España tiene más de veinte convenios colectivos de hostelería vigentes, con diferencias relevantes en salarios, jornada máxima, descansos, plus de nocturnidad, categorías profesionales y complementos. El convenio aplicable depende del CNAE de la empresa, el ámbito territorial y la existencia o no de convenio de empresa. Un hotel en Madrid puede aplicar el convenio de hostelería de la Comunidad de Madrid, mientras que una cadena con convenio propio aplica este último en todos sus centros.

Revisamos el convenio aplicable a cada cliente, comparamos las condiciones reales de la plantilla con las mínimas convencionales y detectamos posibles diferencias salariales o de condiciones que podrían generar reclamaciones retroactivas.

Fijos-discontinuos: la nueva realidad de la temporada

La reforma laboral de 2022 transformó radicalmente la contratación temporal en hostelería. Los contratos eventuales por circunstancias de la producción solo pueden utilizarse durante un máximo de noventa días al año y para situaciones imprevisibles o no cíclicas. La temporada turística —cíclica por definición— debe gestionarse a través de fijos-discontinuos, que son trabajadores indefinidos que solo prestan servicios durante el período de actividad.

Las implicaciones son importantes: el fijo-discontinuo acumula antigüedad durante todos los períodos trabajados, tiene prioridad de llamamiento frente a nuevas contrataciones, y su extinción requiere los mismos motivos que un despido de trabajador indefinido. Diseñamos estructuras de plantilla que cumplen con la normativa y minimizan el coste laboral total.

Gestión de la Inspección de Trabajo

Cuando llega el inspector, el tiempo de reacción es clave. En BMC asistimos a las diligencias de la Inspección, respondemos a los requerimientos en plazo, aportamos la documentación solicitada y, si se levanta acta de infracción, presentamos alegaciones y recursos ante la autoridad laboral. Conocemos los criterios de actuación de la Inspección en el sector hostelero y sabemos qué argumentos resultan más efectivos ante cada tipo de infracción.

Contacte con nuestros abogados laborales para una revisión de la situación de cumplimiento de su establecimiento.

FAQ

Preguntas frecuentes

En España coexisten convenios de hostelería de ámbito autonómico (Madrid, Catalunya, Andalucía, Comunitat Valenciana, etc.) y convenios de empresa para las grandes cadenas hoteleras. El convenio aplicable depende del sector de actividad exacto (código CNAE), el ámbito territorial y si existe convenio de empresa. Es frecuente que un hotel en Barcelona deba aplicar el convenio de hostelería de Catalunya, mientras que una cadena con convenio propio aplica el suyo en todos los centros. La determinación incorrecta del convenio puede generar diferencias salariales reclamables.
La reforma de 2022 eliminó el contrato eventual por circunstancias de la producción como fórmula ordinaria para la temporalidad estructural. El personal de temporada en hostelería debe contratarse ahora como fijo-discontinuo, lo que implica que el trabajador mantiene una relación laboral indefinida con la empresa aunque no preste servicios fuera de temporada. El despido de un fijo-discontinuo es más complejo que el de un eventual, y las condiciones de llamamiento y no llamamiento están sujetas a escrutinio judicial.
Desde 2019, todas las empresas están obligadas a registrar la jornada diaria de cada trabajador, con el horario concreto de inicio y fin. En hostelería, donde los turnos partido, las horas de guardia y las horas extraordinarias son habituales, el cumplimiento riguroso del registro es crítico. La Inspección de Trabajo exige el registro en formato que permita la comprobación de la jornada máxima y los descansos obligatorios. El incumplimiento es una infracción grave con sanción de hasta 7.500 euros por cada trabajador afectado.
El ERTE por causas productivas permite reducir jornada o suspender contratos cuando la actividad disminuye por causas cíclicas o de temporada. En hostelería, muchos establecimientos lo utilizan para los meses de cierre o baja actividad. Se requiere comunicación a la autoridad laboral, consulta con los representantes de los trabajadores (o directamente con estos si no hay comité) y solicitud de la prestación por desempleo para los trabajadores afectados ante el SEPE. El proceso tiene plazos estrictos y una tramitación incorrecta puede generar responsabilidad solidaria de la empresa.
Las infracciones laborales se clasifican en leves (hasta 2.245 euros), graves (hasta 22.500 euros en grado máximo) y muy graves (hasta 225.018 euros). En hostelería, las infracciones más frecuentes son: contratación temporal fraudulenta, incumplimiento del registro de jornada, horas extraordinarias no compensadas, falta de alta en la Seguridad Social de trabajadores y incumplimiento de las tablas salariales del convenio. Las actas de la Inspección tienen presunción de veracidad y deben recurrirse con argumentación técnica sólida.
La modificación de los turnos de trabajo está limitada por la normativa laboral. La empresa puede distribuir irregularmente hasta el 10% de la jornada anual de forma unilateral, con un preaviso de cinco días al trabajador afectado. Cambios más significativos en los turnos —como pasar de turno de mañana a turno de noche, o cambiar el sistema de rotación— constituyen una modificación sustancial de las condiciones de trabajo (artículo 41 ET), que requiere un procedimiento específico: comunicación previa, período de consultas con los representantes de los trabajadores si afecta a más de 10 trabajadores, y preaviso de 15 días. El trabajador que no acepta la modificación puede extinguir el contrato con derecho a indemnización de 20 días por año.

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Preguntas frecuentes

Preguntas sobre Abogado Laboral para Hostelería y Turismo

En España coexisten convenios de hostelería de ámbito autonómico (Madrid, Catalunya, Andalucía, Comunitat Valenciana, etc.) y convenios de empresa para las grandes cadenas hoteleras. El convenio aplicable depende del sector de actividad exacto (código CNAE), el ámbito territorial y si existe convenio de empresa. Es frecuente que un hotel en Barcelona deba aplicar el convenio de hostelería de Catalunya, mientras que una cadena con convenio propio aplica el suyo en todos los centros. La determinación incorrecta del convenio puede generar diferencias salariales reclamables.
La reforma de 2022 eliminó el contrato eventual por circunstancias de la producción como fórmula ordinaria para la temporalidad estructural. El personal de temporada en hostelería debe contratarse ahora como fijo-discontinuo, lo que implica que el trabajador mantiene una relación laboral indefinida con la empresa aunque no preste servicios fuera de temporada. El despido de un fijo-discontinuo es más complejo que el de un eventual, y las condiciones de llamamiento y no llamamiento están sujetas a escrutinio judicial.
Desde 2019, todas las empresas están obligadas a registrar la jornada diaria de cada trabajador, con el horario concreto de inicio y fin. En hostelería, donde los turnos partido, las horas de guardia y las horas extraordinarias son habituales, el cumplimiento riguroso del registro es crítico. La Inspección de Trabajo exige el registro en formato que permita la comprobación de la jornada máxima y los descansos obligatorios. El incumplimiento es una infracción grave con sanción de hasta 7.500 euros por cada trabajador afectado.
El ERTE por causas productivas permite reducir jornada o suspender contratos cuando la actividad disminuye por causas cíclicas o de temporada. En hostelería, muchos establecimientos lo utilizan para los meses de cierre o baja actividad. Se requiere comunicación a la autoridad laboral, consulta con los representantes de los trabajadores (o directamente con estos si no hay comité) y solicitud de la prestación por desempleo para los trabajadores afectados ante el SEPE. El proceso tiene plazos estrictos y una tramitación incorrecta puede generar responsabilidad solidaria de la empresa.
Las infracciones laborales se clasifican en leves (hasta 2.245 euros), graves (hasta 22.500 euros en grado máximo) y muy graves (hasta 225.018 euros). En hostelería, las infracciones más frecuentes son: contratación temporal fraudulenta, incumplimiento del registro de jornada, horas extraordinarias no compensadas, falta de alta en la Seguridad Social de trabajadores y incumplimiento de las tablas salariales del convenio. Las actas de la Inspección tienen presunción de veracidad y deben recurrirse con argumentación técnica sólida.
La modificación de los turnos de trabajo está limitada por la normativa laboral. La empresa puede distribuir irregularmente hasta el 10% de la jornada anual de forma unilateral, con un preaviso de cinco días al trabajador afectado. Cambios más significativos en los turnos —como pasar de turno de mañana a turno de noche, o cambiar el sistema de rotación— constituyen una modificación sustancial de las condiciones de trabajo (artículo 41 ET), que requiere un procedimiento específico: comunicación previa, período de consultas con los representantes de los trabajadores si afecta a más de 10 trabajadores, y preaviso de 15 días. El trabajador que no acepta la modificación puede extinguir el contrato con derecho a indemnización de 20 días por año.
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