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I CONVENIO COLECTIVO SECTORIAL ESTATAL DE MARCAS DE RESTAURACION MODERNA

Estatal · Todo el Estado · Denunciado Denunciado: sigue aplicándose mientras se negocia el siguiente.

Convenio colectivo sectorial estatal de marcas de restauración moderna, de ámbito nacional, aplicable a las empresas de este sector en todo el Estado.

Identificación

Código de convenio
99100275012022
Ámbito
Estatal
Territorio
Todo el Estado
Autoridad laboral
Estatal
Sector
Turismo y hostelería
Estado
Denunciado
Vigencia
1 ene 2022 a 31 dic 2025
Primer registro
27 nov 2022
Último trámite
11 jul 2026
Última revisión salarial
2 jun 2023

Texto oficial · BOE

Historial registral

Deslice la tabla en horizontal para ver todas las columnas.

Trámite Publicado Vigencia Texto
ACUERDOS DE COMISIÓN PARITARIA 11 jul 2026 1 ene 2022 – 31 dic 2025 sin enlace
ACUERDO PARCIAL 30 ene 2026 1 ene 2022 – 31 dic 2025 sin enlace
DENUNCIA - PROMOCIÓN DE NEGOCIACIÓN 1 dic 2025 1 ene 2022 – 31 dic 2025 sin enlace
ACUERDOS DE COMISIÓN PARITARIA 20 may 2024 1 ene 2022 – 31 dic 2025 sin enlace
TABLA SALARIAL TABLAS 2 jun 2023 1 ene 2022 – 31 dic 2025 BOE
CONVENIO COLECTIVO 8 dic 2022 1 ene 2022 – 31 dic 2025 sin enlace
REVISIÓN SALARIAL AUTOMÁTICA TABLAS 27 nov 2022 1 ene 2022 – 31 dic 2025 sin enlace

Frente al Estatuto de los Trabajadores

Un convenio mejora los mínimos del Estatuto, nunca los empeora (arts. 3.1.c y 85.1 ET). Esto es lo que se puede contrastar con lo que publica el registro.

Jornada anual No consta en el registro art. 34.1 ET
Mínimo del Estatuto
2080 h/año (40 h/semana de promedio)
Este convenio
no consta

El registro no publica la jornada anual de este convenio. Está en el texto publicado en el boletín.

Mínimos del Estatuto que este convenio tiene que respetar
Jornada máxima 40 horas semanales de promedio anual (2080 h/año) art. 34.1 ET
Jornada diaria Máximo 9 horas ordinarias al día, salvo distribución irregular pactada art. 34.3 ET
Descanso entre jornadas 12 horas entre el fin de una jornada y el inicio de la siguiente art. 34.3 ET
Descanso semanal 1.5 días ininterrumpidos a la semana, acumulables por períodos de hasta 14 días art. 37.1 ET
Vacaciones 30 días naturales al año, no sustituibles por dinero art. 38.1 ET
Horas extraordinarias Máximo 80 al año, sin contar las de fuerza mayor ni las compensadas con descanso art. 35.2 ET
Salario El del convenio aplicable, y en todo caso nunca por debajo del SMI vigente art. 27 ET

Sobre esto no se puede pronunciar este análisis

El registro publica datos registrales. Estas materias están en el texto del convenio y hay que leerlas ahí:

  • Días de vacaciones y su calendario (art. 38 ET)
  • Permisos retribuidos por encima del mínimo (art. 37.3 ET)
  • Complemento de la empresa en incapacidad temporal
  • Antigüedad: trienios, quinquenios y sus topes
  • Preaviso, período de prueba y clasificación profesional
  • Régimen de horas extraordinarias y su compensación (art. 35 ET)

Tablas salariales

Cifras a efectos informativos y sin garantía. El importe que se debe pagar es el de la tabla publicada en el boletín oficial del convenio aplicable, con sus complementos, antigüedad y jornada. 3 de 3 filas no las ha comprobado todavía una persona; van marcadas.

Deslice la tabla en horizontal para ver todas las columnas.

2022 · 3 categorías

Grupo Categoría Base / mes Base / año Pagas Comprobación
I 1267 € Localizada en el boletín fuente
II 1152 € Localizada en el boletín fuente
III 1096 € Localizada en el boletín fuente

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Datos registrales tomados de REGCON (Ministerio de Trabajo y Economía Social). El texto que aplica es el publicado en su boletín oficial. Esta ficha no sustituye a la lectura del convenio.

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