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GRUAS MOVILES AUTOPROPULSADAS DE CASTILLA LEON

Autonómico · Castilla y León · Vigente

Convenio colectivo de grúas móviles autopropulsadas de Castilla y León, de ámbito autonómico, aplicable en la comunidad de Castilla y León.

Identificación

Código de convenio
78000475012009
Ámbito
Autonómico
Territorio
Castilla y León
Autoridad laboral
Castilla y León
Sector
Logística y transporte
Estado
Vigente
Vigencia
1 ene 2026 a 31 dic 2029
Primer registro
18 jul 2013
Último trámite
21 jul 2026
Última revisión salarial
21 jul 2026

Texto oficial · BOCYL

Historial registral

Deslice la tabla en horizontal para ver todas las columnas.

Trámite Publicado Vigencia Texto
REVISIÓN SALARIAL AUTOMÁTICA TABLAS 21 jul 2026 1 ene 2026 – 31 dic 2029 sin enlace
REVISIÓN SALARIAL AUTOMÁTICA TABLAS 21 jul 2026 1 ene 2026 – 31 dic 2029 sin enlace
REVISIÓN SALARIAL AUTOMÁTICA TABLAS 21 jul 2026 1 ene 2026 – 31 dic 2029 sin enlace
CONVENIO COLECTIVO (TEXTO NUEVO) 15 jul 2026 1 ene 2026 – 31 dic 2029 BOCYL
DENUNCIA - PROMOCIÓN DE NEGOCIACIÓN 16 ene 2026 1 ene 2022 – 31 dic 2025 sin enlace
CONVENIO COLECTIVO (TEXTO NUEVO) 17 jul 2023 1 ene 2022 – 31 dic 2025 sin enlace
REVISIÓN SALARIAL AUTOMÁTICA TABLAS 7 jul 2023 1 ene 2022 – 31 dic 2025 sin enlace
REVISIÓN SALARIAL AUTOMÁTICA TABLAS 7 jul 2023 1 ene 2022 – 31 dic 2025 sin enlace
REVISIÓN SALARIAL AUTOMÁTICA TABLAS 7 jul 2023 1 ene 2022 – 31 dic 2025 sin enlace
CONVENIO COLECTIVO (TEXTO NUEVO) 23 sept 2013 1 ene 2013 – 31 dic 2016 sin enlace
PRÓRROGA 18 jul 2013 hasta 3 jul 2023 sin enlace

Frente al Estatuto de los Trabajadores

Un convenio mejora los mínimos del Estatuto, nunca los empeora (arts. 3.1.c y 85.1 ET). Esto es lo que se puede contrastar con lo que publica el registro.

Jornada anual Mejora el mínimo legal art. 34.1 ET
Mínimo del Estatuto
2080 h/año (40 h/semana de promedio)
Este convenio
1756 h/año

324 horas menos que el tope legal, el equivalente a 8.1 semanas de trabajo al año.

Mínimos del Estatuto que este convenio tiene que respetar
Jornada máxima 40 horas semanales de promedio anual (2080 h/año) art. 34.1 ET
Jornada diaria Máximo 9 horas ordinarias al día, salvo distribución irregular pactada art. 34.3 ET
Descanso entre jornadas 12 horas entre el fin de una jornada y el inicio de la siguiente art. 34.3 ET
Descanso semanal 1.5 días ininterrumpidos a la semana, acumulables por períodos de hasta 14 días art. 37.1 ET
Vacaciones 30 días naturales al año, no sustituibles por dinero art. 38.1 ET
Horas extraordinarias Máximo 80 al año, sin contar las de fuerza mayor ni las compensadas con descanso art. 35.2 ET
Salario El del convenio aplicable, y en todo caso nunca por debajo del SMI vigente art. 27 ET

Sobre esto no se puede pronunciar este análisis

El registro publica datos registrales. Estas materias están en el texto del convenio y hay que leerlas ahí:

  • Días de vacaciones y su calendario (art. 38 ET)
  • Permisos retribuidos por encima del mínimo (art. 37.3 ET)
  • Complemento de la empresa en incapacidad temporal
  • Antigüedad: trienios, quinquenios y sus topes
  • Preaviso, período de prueba y clasificación profesional
  • Régimen de horas extraordinarias y su compensación (art. 35 ET)

Tablas salariales

Cifras a efectos informativos y sin garantía. El importe que se debe pagar es el de la tabla publicada en el boletín oficial del convenio aplicable, con sus complementos, antigüedad y jornada. 10 de 10 filas no las ha comprobado todavía una persona; van marcadas.

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2026 · 10 categorías

Grupo Categoría Base / mes Base / año Pagas Comprobación
Ayudante / Ordenanza / Personal de Mantenimiento y Limpieza 18.331 € Localizada en el boletín fuente
Conductor Operador GMA de 1ª / Mecánico de 1ª 24.456 € Localizada en el boletín fuente
Conductor Operador GMA de 2ª / Mecánico de 2ª / Administrativo de 1ª / Comercial 22.996 € Localizada en el boletín fuente
Conductor Operador GMA de 3ª / Mecánico de 3º / Administrativo de 2ª 21.715 € Localizada en el boletín fuente
Conductor Operador GMA de 4ª 21.130 € Localizada en el boletín fuente
Conductor Operador GMA Especial 25.343 € Localizada en el boletín fuente
Conductor operador Grúa Articulada de 1ª 20.839 € Localizada en el boletín fuente
Conductor operador Grúa Articulada de 2ª / Auxiliar / Conductor 18.450 € Localizada en el boletín fuente
Titulado Medio / Jefe de Servicio–Encargado 29.601 € Localizada en el boletín fuente
Titulado Superior / Director de Sucursal 33.043 € Localizada en el boletín fuente

Aviso de cambios en este convenio

Le escribimos cuando se inscriba una revisión salarial o un trámite nuevo de este convenio, con las tablas salariales nuevas.

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Estas tablas no incluyen antigüedad ni las particularidades del contrato. Simular una nómina con estos importes.

Datos registrales tomados de REGCON (Ministerio de Trabajo y Economía Social). El texto que aplica es el publicado en su boletín oficial. Esta ficha no sustituye a la lectura del convenio.

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