Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Para que el arrendamiento de inmuebles sea actividad económica en el Impuesto sobre Sociedades, es preceptivo emplear al menos a una persona con contrato laboral y jornada completa. No obstante, este requisito se entiende cumplido si la dimensión y el volumen de ingresos de la entidad justifican que la subcontratación de gestión profesional es más eficiente que la contratación de personal propio. Dicha circunstancia debe acreditarse mediante pruebas documentales.
La DGT ha mantenido la exigencia de contratar al menos a una persona con contrato laboral y jornada completa para calificar el arrendamiento de inmuebles como actividad económica. Tras un periodo de endurecimiento en 2024 donde se rechazaba la subcontratación, la posición actual permite la gestión externa si se demuestra la eficiencia por dimensión y volumen de ingresos.
Puntos de inflexión
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La DGT endurece el criterio al establecer que la subcontratación de gestión inmobiliaria no justifica el cumplimiento del requisito de contratar personal propio, basándose en la dimensión y los ingresos de la entidad.
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Se matiza la posición anterior permitiendo que la subcontratación de gestión profesional se considere cumplimiento del requisito si la dimensión y el volumen de ingresos hacen que sea más eficiente que la contratación de personal.
Análisis basado en 32 de 34 consultas con criterio disponible. Actualizado 23 de septiembre de 2026.