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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre consolidación del dominio

81 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «consolidación del dominio», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 51 consultas · 2015–2026

Criterio vigente

La extinción del usufructo por muerte del usufructuario no constituye una nueva adquisición para el IRPF, sino la recuperación de las facultades de goce. La fecha de adquisición de la parte consolidada es la del fallecimiento del causante original. El valor de adquisición se determina aplicando las normas del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones para cada elemento (nuda propiedad y usufructo).

La posición de la DGT se mantiene constante en cuanto a la naturaleza de la consolidación del dominio. Las consultas confirman que la extinción del usufructo por fallecimiento no genera una nueva adquisición en el IRPF, sino que el propietario recupera facultades de goce sobre un bien ya existente. La doctrina es coherente en la determinación de los valores y fechas de adquisición.

Puntos de inflexión

  1. V1880-16

    Precisa que el canje de usufructo por pleno dominio se considera una permuta, obligando a liquidar ITP tanto por la nuda propiedad recibida como por el usufructo que ingresa en el patrimonio.

  2. V2840-23

    Establece que para el régimen de neutralidad, el plazo de tres años de afectación de un inmueble no puede computarse con la nuda propiedad, sino que comienza a contar desde la consolidación del pleno dominio.

Análisis basado en 49 de 51 consultas con criterio disponible. Actualizado 19 de septiembre de 2026.

81 consultas

V0567-21 11 mar 2021

Se puede aplicar la reducción del 95% en la donación de nuda propiedad de participaciones si se cumple la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio

SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos
nuda propiedadusufructoconsolidación del dominioreducción por empresa familiarexención en el impuesto sobre el patrimonio LISD — Ley 29/1987 de Sucesiones y Donaciones art. 9LISD — Ley 29/1987 de Sucesiones y Donaciones art. 20.6
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V1500-18 4 jun 2018

Aplicación de la reducción del 95% en la donación de nuda propiedad de participaciones y su tratamiento en la consolidación del dominio

SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos
nuda propiedadusufructo vitalicioconsolidación del dominioreducción por empresa familiarexención en el impuesto sobre el patrimonio LISD — Ley 29/1987 de Sucesiones y Donaciones art. 9LISD — Ley 29/1987 de Sucesiones y Donaciones art. 20.6
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V0655-18 13 mar 2018

Procedencia de la reducción del 95% en la donación de nuda propiedad de participaciones y su tratamiento en la consolidación del dominio

SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos
nuda propiedadusufructo vitalicioconsolidación del dominioreducción de base imponibleexención en el impuesto sobre el patrimonio LISD — Ley 29/1987 de Sucesiones y Donaciones art. 9LISD — Ley 29/1987 de Sucesiones y Donaciones art. 20.6
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