Ir al contenido

Límite en la aplicación de la reducción del 40% en planes de pensiones

El rescate de planes de pensiones que contienen aportaciones realizadas con anterioridad al 1 de enero de 2007 permite acceder a una reducción del 40% sobre la parte de la prestación en forma de capital. Sin embargo, la aplicación de este beneficio fiscal tiene condiciones estrictas respecto a la frecuencia y la contingencia que motiva el rescate.

Qué ha resuelto la DGT

La Dirección General de Tributos ha respondido a la consulta sobre si es posible aplicar esta reducción en varios rescates parciales de un mismo plan de pensiones en distintos ejercicios. El criterio establece que la reducción del 40% se aplica exclusivamente a la parte de la prestación en forma de capital que corresponda a las aportaciones efectuadas hasta el 31 de diciembre de 2006.

La resolución determina que, si se perciben varias prestaciones derivadas de la misma contingencia en un mismo plan de pensiones, la reducción solo podrá aplicarse a una de ellas. No es posible fragmentar el beneficio para aplicarlo en cada rescate parcial si todos ellos responden al mismo hecho causante.

Qué significa para ti

Si usted es titular de un plan de pensiones con aportaciones previas a 2007, debe ser consciente de que este beneficio fiscal es único por contingencia. Esto afecta directamente a los particulares que planean realizar rescates parciales o diferidos de su capital. Si el rescate se realiza de forma sucesiva bajo la misma contingencia, solo podrá beneficiarse de la reducción en una de esas operaciones.

Qué conviene hacer

Dado que el interesado tiene la facultad de elegir en qué ejercicio aplicar dicha reducción, es fundamental analizar la cuantía de las prestaciones y el impacto fiscal de cada una. La elección debe realizarse siempre dentro del plazo establecido en la disposición transitoria duodécima de la Ley del IRPF. Es necesario valorar cada situación particular para determinar el momento más adecuado para el rescate que permita optimizar el uso de este derecho fiscal.

Preguntas frecuentes

¿Puedo aplicar la reducción del 40% en cada rescate parcial que haga de mi plan?
No, si los rescates se deben a la misma contingencia en un mismo plan, la reducción solo puede aplicarse a una de las prestaciones.
¿Sobre qué parte del capital se aplica la reducción?
Se aplica únicamente sobre la parte de la prestación que corresponda a las aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006.
Consulta vinculante oficial V1546-25
Ver ficha completa →
Email
Contacto