Obligación de pagos fraccionados del IRPF en 2025 sin ingresos previos en 2024
La Dirección General de Tributos ha emitido un criterio relevante sobre la obligación de realizar pagos fraccionados del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para aquellos profesionales que inician su actividad económica.
Qué ha resuelto la DGT
La consulta se centra en determinar si un profesional está obligado a presentar los pagos fraccionados trimestrales durante el ejercicio 2025 cuando no ha percibido ingresos en el año natural anterior (2024).
El criterio establece que la exención de la obligación de realizar pagos fraccionados se aplica cuando, en el año natural anterior, al menos el 70% de los ingresos de la actividad fueron objeto de retención o ingreso a cuenta. En el caso de un inicio de actividad, se debe evaluar el porcentaje de ingresos con retención durante el periodo de referencia.
Al no haberse obtenido ingresos en 2024, no se cumple el requisito del 70% de ingresos con retención, lo que conlleva la obligación de cumplir con los pagos fraccionados en el ejercicio siguiente.
Qué significa para ti
Si eres un profesional que comienza su actividad en España y no ha generado ingresos sujetos a retención en el año anterior, no puedes acogerte a la exención de los pagos fraccionados. Esto implica que deberás realizar los pagos trimestrales correspondientes al IRPF durante el año 2025, conforme a la normativa vigente.
Este escenario afecta especialmente a profesionales que inician su trayectoria económica sin un historial de ingresos con retención previa, obligándoles a integrar estos pagos en su gestión fiscal desde el primer momento.
Qué conviene hacer
Es necesario analizar la estructura de ingresos prevista para el ejercicio actual y el anterior para determinar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Se recomienda valorar la situación fiscal particular para asegurar que la gestión de los pagos trimestrales se ajuste a la normativa aplicable y evitar posibles contingencias con la Administración Tributaria.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuándo estoy exento de presentar pagos fraccionados del IRPF?
- Cuando al menos el 70% de tus ingresos de la actividad en el año anterior fueron objeto de retención o ingreso a cuenta.
- ¿Qué ocurre si empiezo mi actividad y no tuve ingresos en el año anterior?
- Al no cumplir el requisito del 70% de ingresos con retención, estarás obligado a realizar los pagos fraccionados.