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Tratamiento fiscal de salarios impagados: imputación y retención aplicable

La Dirección General de Tributos ha emitido un criterio relevante sobre la tributación de los salarios que, por diversas causas, no fueron abonados en su momento y se perciben de forma tardía. Esta resolución aborda dos aspectos fundamentales: el momento en que deben declararse estos ingresos y el tipo de retención que debe aplicarse al realizar el pago.

Qué ha resuelto la DGT

La consulta se centra en determinar el tratamiento fiscal de salarios vencidos y adeudados que se cobran en un ejercicio distinto al que les correspondía. El organismo ha establecido que estos ingresos deben imputarse al periodo impositivo en el que eran exigibles, y no al año en que se produce el cobro efectivo o la firmeza judicial.

En este sentido, la DGT señala que, si el derecho al salario ya estaba determinado y solo faltaba el pago, la obligación tributaria nace cuando el salario es exigible. Asimismo, ha aclarado que al percibirse estos atrasos en un ejercicio diferente al de su exigibilidad, la retención aplicable sobre dichas cantidades es del 15%, conforme a lo estipulado en el Reglamento del IRPF.

Qué significa para ti

Este criterio tiene implicaciones directas para los trabajadores que reciben pagos atrasados:

  • Imputación temporal: No puede declarar los salarios en el año en que recibe el dinero en su cuenta, sino en el ejercicio en que el salario debió haber sido pagado.
  • Tipo de retención: El pago de estos atrasos vendrá acompañado de una retención del 15%, según la normativa vigente para estos supuestos.
  • Diferencia con sentencias: La regla de imputar al año de la firmeza judicial no es aplicable si el derecho y la cuantía ya estaban determinados y solo existía una deuda pendiente de pago.

Qué conviene hacer

Ante la recepción de pagos por salarios de ejercicios anteriores, es necesario verificar la fecha de exigibilidad de dichas cantidades. Dado que la imputación debe realizarse en el ejercicio correspondiente y no en el del cobro, es fundamental analizar la situación fiscal de cada contribuyente para asegurar el cumplimiento de la normativa del IRPF. Se recomienda valorar cada caso particular para determinar la correcta declaración de estos ingresos.

Preguntas frecuentes

¿En qué año debo declarar un salario que me han pagado ahora pero que era de 2021?
Debe imputarlo al ejercicio 2021, que es cuando el salario era exigible.
¿Qué retención se aplica a los salarios atrasados?
Se debe aplicar una retención del 15% según el Reglamento del IRPF.
Consulta vinculante oficial V1280-25
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