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Exención del impuesto de envases de plástico para elementos de exposición y uso en tienda

La Dirección General de Tributos ha emitido un criterio relevante sobre el alcance del Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. La consulta se centraba en determinar si ciertos elementos de plástico utilizados en el ámbito comercial, como los pernitos para exposición de productos y los calzadores para uso de clientes, deben tributar por este impuesto.

Qué ha resuelto la DGT

La administración ha concluido que estos elementos no están sujetos al tributo por dos motivos técnicos diferenciados:

  • Pernitos de plástico para exposición: Al no entregarse junto con la mercancía al consumidor final, poseen la condición de elementos reutilizables. Por tanto, quedan fuera del ámbito de aplicación del impuesto.
  • Calzadores de plástico para uso en tienda: Estos elementos no encajan en las categorías de envases definidas en el artículo 68 de la Ley 7/2022.

En consecuencia, la importación, fabricación o adquisición intracomunitaria de estos productos no genera la obligación tributaria correspondiente.

Qué significa para ti

Si tu actividad empresarial requiere el uso de elementos de plástico para la exhibición de productos o para facilitar la experiencia de compra en el establecimiento (como calzadores), no debes incluir estos artículos en la base imponible del impuesto de envases de plástico no reutilizables. Este criterio aporta seguridad jurídica a las empresas que gestionan stock de materiales de exposición y suministros de tienda, evitando una carga fiscal indebida sobre elementos que no cumplen la función de envase de un producto.

Qué conviene hacer

Es necesario verificar la naturaleza de los elementos de plástico que tu empresa adquiere para uso interno o de exposición. Si estos elementos se utilizan de forma recurrente en el punto de venta sin ser entregados al cliente como parte del embalaje del producto, su tratamiento fiscal debe ser el de elementos no sujetos al impuesto. Se recomienda analizar la clasificación de cada material para asegurar que la declaración del impuesto se ajuste estrictamente a la normativa vigente.

Preguntas frecuentes

¿Por qué los pernitos de exposición no pagan el impuesto?
Porque al no entregarse con la mercancía al cliente, tienen la condición de elementos reutilizables.
¿Los calzadores de plástico para clientes están exentos?
Sí, porque no encajan en las categorías de envases previstas en el artículo 68 de la Ley 7/2022.
Consulta vinculante oficial V0811-25
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