Operaciones corporativas, mercados de capitales y transacciones estratégicas.
Análisis independiente y valoración rigurosa de activos y empresas.
Reinvencion empresarial, sostenibilidad y gestión patrimonial.
Gobernanza corporativa, sucesión y transformación
Planificación y estructuracion fiscal multijurisdiccional.
Cumplimiento normativo y obligaciones tributarias.
Regímenes especiales para personas físicas y activos digitales.
Defensa tributaria e impuestos patrimoniales
Constitución, contratos, pactos de socios, gobierno corporativo y operaciones societarias.
Concurso de acreedores, segunda oportunidad, microempresas y disolución.
Contratos, despidos, ERE y representación procesal ante la jurisdicción social.
Inmigración corporativa, ICT, residencia inversores, nómada digital y regularización.
Relaciones laborales, movilidad y protección normativa.
Litigios, arbitraje, mediación, propiedad intelectual e inmobiliario.
Protección, cumplimiento y resiliencia digital
Protección de datos, DPO y regulación de inteligencia artificial
Contabilidad, reporting y dirección financiera externalizada.
Gestión de entidades, gobernanza y administración de personal.
Constitución, incentivos y aceleracion empresarial.
Gestión de riesgos, continuidad y recuperación
Guías nuevas sobre los cambios fiscales y de extranjería más recientes.
Análisis experto y tendencias del mercado.
Análisis periódicos y documentos técnicos
Herramientas prácticas para la toma de decisiones.
Todo lo que hace BMC One
Cada capacidad lleva a su área. Parcial: funciona una parte; el detalle, en la página del área.
Pruebe con
Business Services
Tax
Legal
Seguridad
Nada con «». Pruebe con «IVA», «nóminas» o «firma».
Por área
Business ServicesOperaciones
Su empresa, al día en un solo sitio
Nuestro equipo contabiliza, calcula y presenta.
Pídaselo a su asistenteEjemplos
¿Cuántos trabajadores activos tenemos y con qué convenio y tipo de contrato?
Da de alta a estos tres trabajadores con su DNI, número de Seguridad Social y fecha de inicioQuedan en BMC One; a la Seguridad Social no se comunica nada.
TaxFiscal
Cada plazo de Hacienda, a la vista
Nuestro equipo prepara, presenta y responde.
Pídaselo a su asistenteEjemplos
¿Qué modelos nos tocan este trimestre y cuáles están ya presentados?
Cambia el domicilio fiscal de la ficha a Calle Muestra 5, MadridCambia la ficha en BMC One; ante la AEAT no cambia nada.
Legal
Cada fase, con su estado y su fecha
Abogados de BMC llevan cada asunto; en BMC One ve sus fases y el estado de cada una.
Pídaselo a su asistenteEjemplos
¿Qué documentos siguen pendientes de firma y quién falta por firmar?
Prepara un sobre para que Lucía Prueba firme este contrato en la última páginaQueda en borrador. Enviarlo es una acción crítica: solo con el rol Personalizado.
StrategyEstrategia
La operación entera en un expediente
El análisis y la recomendación los firman las personas del equipo.
Pídaselo a su asistenteEjemplos
Busca lo que BMC nos ha escrito sobre la ampliación de capital
¿Cómo están las obligaciones fiscales de todas las sociedades del grupo y cuál tiene faltas?Con un acceso de grupo.
En todas las áreas
ConexionesAPI, MCP y webhooks
Funciona con cualquier asistente que admita conectores MCP remotos con inicio de sesión OAuth; por ejemplo, Claude, con el que lo hemos probado, o ChatGPT Business, Enterprise y Edu, documentado.
Con token, también Gemini CLI, Cursor, n8n, Make o Zapier; y por API y webhooks firmados, sus propios sistemas.
Ningún asistente presenta ante la AEAT, mueve dinero ni firma por usted.
Solo con el rol Personalizado, elegido permiso a permiso.
API y MCPConecte su IAIntegracionesAdministraciones públicas
Seguridad
Un acceso propio y acotado, nunca su sesión
BMC One, su base de datos y sus documentos están en servidores dedicados propios en Europa. La base de datos no está expuesta a internet.
Ningún asistente presenta ante la AEAT, mueve dinero ni firma por usted.
Ilustración de lo que se elige al autorizar un acceso. Datos ficticios.
Declaraciones
DeclaracionesModelos 720, 721 y 210
Declaraciones para inversores y extranjeros
Bienes en el extranjero, criptomonedas y rentas de no residentes, en dos niveles: Plataforma y Con asesor.
El entorno de cliente de BMC, incluido en su servicio: no se contrata aparte.
Se consulta si las ayudas económicas para deportistas de alto nivel están exentas en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes. La DGT responde que la exención depende de que se cumplan los requisitos de formación y tecnificación deportiva establecidos en el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Las ayudas económicas de formación y tecnificación deportiva para deportistas de alto nivel están exentas en el IRNR si cumplen los requisitos del artículo 4 del RIRPF. Esto incluye que los beneficiarios tengan reconocida la condición de deportistas de alto nivel y que las ayudas sean financiadas por el Consejo Superior de Deportes, la Asociación de Deportes Olímpicos, el Comité Olímpico Español o el Comité Paralímpico Español, con un límite de 60.100 euros anuales.
Si un deportista de alto nivel recibe 70.000 euros anuales en ayudas de formación financiadas por el CSD, 60.100 euros estarán exentos y los 9.900 euros restantes tributarán en el IRNR.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.
SECRETARÍA DE ESTADO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS Consultas Vinculantes Documento 1 de 1 Documento seleccionado Nº de consulta V3145-21 Órgano SG de Fiscalidad Internacional Fecha salida 20/12/2021 Normativa LGT, art. 14. LIRPF, art. 7. RIRPF, art. 4. TRLIRNR, art. 14 Descripción de hechos El consultante, señala ser deportista de alto nivel y recibir ayudas económicas de su federación deportiva que considera que están exentas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Cuando pasa a ser residente fiscal de otro país, acreditado mediante el correspondiente certificado de residencia fiscal expedido por la autoridad fiscal de dicho país, continúa recibiendo las mismas ayudas económicas de su federación deportiva. La federación deportiva no le aplica la exención prevista en el artículo 14.1.a) del TRLIRNR, realizando una retención del 24%. Cuestión planteada Aplicabilidad a dichas ayudas económicas de la exención del artículo 14.1.a) del TRLIRNR. Contestación completa El artículo 14.1.a) del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de No Residentes, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo – en adelante TRLIRNR- establece: “1. Estarán exentas las siguientes rentas: a) Las rentas mencionadas en el artículo 7 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2004, de 5 de marzo, salvo las mencionadas en la letra y), percibidas por personas físicas, así como las pensiones asistenciales por ancianidad reconocidas al amparo del Real Decreto 728/1993, de 14 de mayo, por el que se establecen pensiones asistenciales por ancianidad en favor de los emigrantes españoles.”. En la letra a) de dicho artículo el TRLIRNR se limita a declarar exentas las rentas mencionadas en el artículo 7 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2004, de 5 de marzo, referencia que actualmente debe entenderse realizada a la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio - en adelante LIRPF -, en las mismas condiciones que para los residentes. El artículo 7.m) de la LIRPF declara exentas “las ayudas de contenido económico a los deportistas de alto nivel ajustadas a los programas de preparación establecidos por el Consejo Superior de Deportes con las federaciones deportivas españolas o con el Comité Olímpico Español, en las condiciones que se determinen reglamentariamente”. En desarrollo de lo anterior, el artículo 4 del Reglamento del Impuesto, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, -en adelante RIRPF-, dispone lo siguiente: “A efectos de lo previsto en el artículo 7.m) de la Ley del Impuesto, estarán exentas, con el límite de 60.100 euros anuales, las ayudas económicas de formación y tecnificación deportiva que cumplan los siguientes requisitos: a) Que sus beneficiarios tengan reconocida la condición de deportistas de alto nivel, conforme a lo previsto en el Real Decreto 1467/1997, de 19 de septiembre, sobre deportistas de alto nivel (sustituido por el Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento, BOE del día 26). b) Que sean financiadas, directa o indirectamente, por el Consejo Superior de Deportes, por la Asociación de Deportes Olímpicos, por el Comité Olímpico Español o por el Comité Paralímpico Español.”. Por tanto, en los términos de este artículo 4 y dentro de su límite de 60.100 euros anuales, la exención resultará aplicable a las ayudas económicas de “formación y tecnificación deportiva” entregadas a los deportistas de alto nivel, es decir, las ayudas otorgadas por tal concepto a los deportistas de alto nivel y que estén incluidas en los presupuestos ordinarios y/o extraordinarios aprobados por el Consejo Superior de Deportes, o financiados directa o indirectamente por la Asociación de Deportes Olímpicos, por el Comité Olímpico Español o por el Comité Paralímpico Español (criterio expresado por este Centro en las contestaciones nº 1916-01, 0064-02, 0067-03 y V3098-14). Tan solo en el caso de cumplirse todos los requisitos del artículo 4 del RIRPF puede considerarse las ayudas como incluidas dentro del ámbito de aplicación del artículo 7.m), lo que conllevaría la exención en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y por tanto, conforme al artículo 14.1.a) del TRLIRN, también a su exención en el caso de ser no residente en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Respuesta por correo · sin compromiso