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Se consulta si la exención del IBI para montes con repoblación forestal está limitada a la vigencia del plan de gestión o si dura 15 años fijos. La DGT responde que la exención dura 15 años desde el periodo impositivo siguiente a la solicitud, independientemente de la duración de los trabajos.
Cuestión planteada Si la exención se debe aplicar con un máximo de 15 años mientras se encuentre vigente el plan de gestión y mejora forestal, o si la duración de la exención es independiente de la vigencia del plan aplicándose por 15 años a partir del año siguiente a que se realice la solicitud.
La exención del artículo 62.2.c) del TRLRHL se aplica durante un plazo de 15 años contados desde el periodo impositivo siguiente a la solicitud. Este plazo es independiente de la duración de los trabajos de repoblación forestal. La exención se aplica exclusivamente sobre la superficie objeto de repoblación. Si se realizan nuevos proyectos sobre la misma superficie, podría volver a concederse la exención.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.
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