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V3775-16 ·8 de septiembre de 2016 ·consulta-vinculante Impacto medio
FISCAL

No es preceptivo incluir expresamente que las entidades participadas son extranjeras en el objeto social

La consultante pregunta si su objeto social debe especificar que las entidades en las que participa son extranjeras para aplicar el régimen de entidades de tenencia de valores extranjeros. La DGT responde que el objeto social es adecuado si comprende la gestión de participaciones, sin necesidad de mencionar la extranjeridad de las mismas.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2016-09-08PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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