Ir al contenido
V3544-19 ·26 de diciembre de 2019 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

El régimen especial de aportaciones no dinerarias requiere el cumplimiento de requisitos de actividad y motivos económicos válidos

Una persona física consulta si la aportación de acciones de dos entidades a una tercera puede acogerse al régimen especial de la LIS. La DGT determina que una aportación cumple los requisitos y la otra no por la actividad de la entidad aportada, además de condicionar la aplicación a la existencia de motivos económicos válidos.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2019-12-26PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

¿Esta norma te afecta?

El equipo fiscal revisa tu situación concreta.

Hablar con el equipo fiscal
Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto