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V3170-21 ·22 de diciembre de 2021 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

La escisión parcial de una rama de actividad puede acogerse al régimen especial si se cumplen los requisitos de autonomía y motivos económicos

Una sociedad consultante pregunta si la escisión parcial de una rama de actividad y una fusión por absorción pueden aplicar el régimen especial de Impuesto sobre Sociedades. La DGT responde que es posible si el patrimonio segregado constituye una unidad económica autónoma y la operación se realiza por motivos económicos válidos y no con fines meramente fiscales.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2021-12-22PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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