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V2571-16 ·10 de junio de 2016 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Una fusión puede acogerse al régimen especial si cumple requisitos mercantiles y tiene motivos económicos válidos

Una sociedad consulta si una operación de fusión puede aplicar el régimen fiscal especial de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. La DGT responde que es posible si se cumplen los requisitos de la normativa mercantil y del artículo 76.1.a) de la LIS, siempre que no tenga como fin principal el fraude o la ventaja fiscal.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2016-06-10PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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