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V2281-15 ·20 de julio de 2015 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Los ingresos por quitas y esperas concursales se integran en la base imponible según se registren los gastos financieros

La consultante pregunta cómo debe tributar el ingreso derivado de la aprobación judicial de quitas y esperas en un convenio concursal. La DGT responde que la imputación de dicho ingreso se realizará a medida que se registren los gastos financieros de la misma deuda.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2015-07-20PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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