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V2231-19 ·20 de agosto de 2019 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

La fusión de sociedades puede acogerse al régimen especial de IS y no estar sujeta a IVA ni ITP/AJD bajo ciertos requisitos

Una sociedad consultó si su proyecto de fusión podía aplicar el régimen especial de IS con motivos económicos válidos y su impacto en IVA e ITP/AJD. La DGT señala que, si la operación tiene fines económicos y no solo fiscales, puede aplicar dicho régimen, además de no estar sujeta a IVA ni exenta de ITP/AJD.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2019-08-20PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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