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V2077-16 ·13 de mayo de 2016 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

La fusión por absorción puede acogerse al régimen especial si existen motivos económicos válidos

Una empresa consulta si la fusión por absorción de tres sociedades (B, C y D) puede aplicar el régimen especial de fusiones. La DGT indica que para las sociedades operativas (B y C) los motivos alegados son económicos, pero para la sociedad inactiva (D) la operación podría no ser válida si su fin es solo aprovechar las bases imponibles negativas.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2016-05-13PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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