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V2047-24 ·25 de septiembre de 2024 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

El gasto por plan de incentivos plurianual basado en instrumentos de patrimonio y liquidado en efectivo no es deducible en IS cuando se contabiliza sino cuando resulta exigible la retribución

Una sociedad filial consulta sobre la deducibilidad en el Impuesto sobre Sociedades del gasto correspondiente a un Plan de Incentivos Plurianual para un empleado (basado en el valor de acciones del grupo matriz y liquidado en efectivo) contabilizado conforme a la NRV 17ª del PGC. La DGT concluye que el gasto no es deducible en el período de su registro contable (art. 14.3.e LIS), sino en el período en que la retribución resulte exigible para el empleado (art. 14.5 LIS); en el caso concreto, ambos momentos coinciden en 2022.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2024-09-25PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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