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V1904-21 ·18 de junio de 2021 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Se puede aplicar la exención por venta de vivienda habitual a mayores de 65 años si se vende en el plazo de dos años o si se recupera la condición de vivienda habitual

Un contribuyente mayor de 65 años consultó si podía aplicar la exención por la venta de su vivienda habitual tras haber dejado de residir en ella temporalmente por una separación de hecho. La DGT responde que la exención es aplicable si la venta se realiza dentro de los dos años siguientes a la pérdida de la condición de vivienda habitual o si se vuelve a residir en ella durante tres años.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2021-06-18PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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