Ir al contenido
MEDIO
FISCAL

V1825-24: IRNR — UK LLP calificada como ERAR; intereses pagados desde España al socio singapurense tributables al 5% bajo CDI ES-Singapur; exenciones art. 11.3.f) y g) no aplicables

V1825-24

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia

Ficha tecnica

Tipo
consulta-vinculante (que es?)
Identificador
V1825-24
Publicacion
31 jul 2024

Resumen

Una entidad de Singapur participada íntegramente por el Ministerio de Finanzas singapurense posee el 100% de una UK LLP. La DGT califica la UK LLP como entidad de atribución de rentas (ERAR), lo que impide que sea residente a efectos del CDI ES-UK y también del art. 4.4 de ese convenio. El CDI ES-Singapur se aplica a la entidad consultante singapurense, con retención máxima del 5% en España sobre los intereses pagados por deudores residentes, salvo que resulten aplicables las exenciones del art. 11.3, que la DGT considera no acreditadas.

En 6 claves

A quien afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Que hacer y antes de cuando

Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Linea de vida

2024-07-31PublicacionPublicacion en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

Esta norma te afecta?

El equipo fiscal revisa tu situacion concreta.

Hablar con el equipo fiscal
Este analisis tiene caracter informativo y no constituye asesoramiento juridico ni crea relacion cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto