Atendido por un socio · respuesta en menos de 24 h laborables
Operaciones corporativas, mercados de capitales y transacciones estratégicas.
Análisis independiente y valoración rigurosa de activos y empresas.
Reinvencion empresarial, sostenibilidad y gestión patrimonial.
Gobernanza corporativa, sucesión y transformación
Planificación y estructuracion fiscal multijurisdiccional.
Cumplimiento normativo y obligaciones tributarias.
Regímenes especiales para personas físicas y activos digitales.
Defensa tributaria e impuestos patrimoniales
Constitución, contratos, pactos de socios, gobierno corporativo y operaciones societarias.
Concurso de acreedores, segunda oportunidad, microempresas y disolución.
Contratos, despidos, ERE y representación procesal ante la jurisdicción social.
Inmigración corporativa, ICT, residencia inversores, nómada digital y regularización.
Relaciones laborales, movilidad y protección normativa.
Litigios, arbitraje, mediación, propiedad intelectual e inmobiliario.
Protección, cumplimiento y resiliencia digital
Protección de datos, DPO y regulación de inteligencia artificial
Contabilidad, reporting y dirección financiera externalizada.
Gestión de entidades, gobernanza y administración de personal.
Constitución, incentivos y aceleracion empresarial.
Gestión de riesgos, continuidad y recuperación
Guías nuevas sobre los cambios fiscales y de extranjería más recientes.
Análisis experto y tendencias del mercado.
Análisis periódicos y documentos técnicos
Herramientas prácticas para la toma de decisiones.
Una distribuidora eléctrica con EP en Canarias plantea si sus operaciones de distribución desde ese territorio están sujetas al IVA. La DGT analiza las reglas de localización: el suministro de electricidad como entrega de bienes se rige por el artículo 68.Seis LIVA (consumo efectivo o empresa revendedora en TAI); el servicio de distribución o acceso a la red como prestación de servicios se rige por los artículos 69 y 70 LIVA, con la particularidad del artículo 69.Dos.k) que excluye del TAI dicho servicio cuando el destinatario no es empresario y está fuera de la Comunidad, salvo que sea residente en Canarias, Ceuta o Melilla. La DGT distingue si la distribución se presta de forma autónoma o conjuntamente con el suministro, aplicando la doctrina de operación única del TJUE cuando ambas son inseparables.
Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.
Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.
El equipo fiscal revisa tu situación concreta.
Atendido por un socio · respuesta en menos de 24 h laborables
Mensaje rápido
Le respondemos en menos de 24 horas laborables. Información tratada con confidencialidad.
Google Meet
Hueco directo en agenda con el socio del área. Primera conversación · sin compromiso · cancela hasta 24h antes.
Cargando disponibilidad…
Estamos al completo estos 14 días.
Es buena señal — y no te dejamos colgado.
Solicitar llamada
Indíquenos un horario y un teléfono. Un socio le devolverá la llamada en la franja elegida.
Respuesta < 24 h · socio directo
¿Tiene una consulta puntual? Cuéntenos su situación en dos líneas — un socio responderá en menos de 24 horas laborables.
Reunión gratuita de 30 minutos con el socio responsable de su área. Google Meet o presencial en nuestras oficinas. Cancele hasta 24 h antes.
Cargando disponibilidad…
Estamos al completo estos 14 días.
Es buena señal — y no le dejamos colgado.
Indíquenos su horario preferido y un teléfono. Un socio le devolverá la llamada — sin esperas, sin filtros.
Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar su experiencia. Más información
Imprescindibles para el funcionamiento del sitio. No se pueden desactivar.
Nos ayudan a entender cómo usa el sitio para mejorarlo.
Permiten mostrar contenido y publicidad relevante.