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MEDIO
FISCAL

Aplicación del régimen transitorio en la ganancia patrimonial por la venta de una vivienda heredada en 1968

V1648-25

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia

Ficha tecnica

Tipo
consulta-vinculante (que es?)
Identificador
V1648-25
Publicacion
15 sept 2025

Resumen

El consultante pregunta cómo tributar la venta de una vivienda adquirida por herencia en 1968. La DGT explica que la ganancia se calcula por la diferencia entre valores de adquisición y transmisión, y que se puede aplicar una reducción por el régimen transitorio de bienes adquiridos antes de 1995.

En 6 claves

A quien afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Que hacer y antes de cuando

Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Linea de vida

2025-09-15PublicacionPublicacion en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

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