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V1176-19 ·28 de mayo de 2019 ·consulta-vinculante Impacto medio
FISCAL

No procede la retención de IRPF cuando una persona física paga a albaceas en un ámbito particular

Se consulta sobre el tratamiento en IRPF e IVA de la retribución de albaceas, comisarios o contadores-partidores. Hacienda determina que no hay obligación de retener IRPF si el pago lo realiza una persona física en un ámbito no profesional, pero el servicio sí está sujeto a IVA.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2019-05-28PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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