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V1175-15 ·16 de abril de 2015 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

La dación en pago de la vivienda habitual a un tercero autorizado por el acreedor permite las exenciones en IRPF e IIVTNU

El consultante transmitió su vivienda habitual a una sociedad gestora de activos para cancelar su deuda hipotecaria, con el consentimiento de su banco. Se pregunta si esta transmisión a un tercero, y no directamente al acreedor, permite aplicar las exenciones por dación en pago en el IRPF y en el impuesto de plusvalía municipal.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2015-04-16PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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