El reembolso de costas judiciales en un procedimiento concursal no constituye una ganancia patrimonial en el IRPF
Ficha tecnica
Resumen
Un acreedor solicita aclaración sobre si el cobro de las costas judiciales de una demanda de reintegración, pagado por la masa concursal, tributa como ganancia. La DGT determina que, al ser un reintegro de gastos incurridos, no genera ganancia patrimonial.
En 6 claves
A quien afecta
Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.
Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Que hacer y antes de cuando
Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.