No procede computar la pérdida patrimonial por una estafa si no se cumple el requisito de judicialmente incobrable o de ejecución forzosa
Ficha tecnica
Resumen
El consultante pregunta si puede incluir como pérdida patrimonial en su IRPF el dinero perdido en una estafa tras un año del inicio de un proceso penal. La DGT responde que no es posible porque el derecho de crédito no es judicialmente incobrable ni cumple los requisitos de imputación temporal.
En 6 claves
A quien afecta
Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.
Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Que hacer y antes de cuando
Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.