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V1094-21 ·27 de abril de 2021 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

No se puede aplicar el régimen especial de escisión si las entidades beneficiarias no reciben participaciones mayoritarias

Una sociedad inmobiliaria consulta si una escisión parcial financiera de sus participaciones en otras entidades puede acogerse al régimen fiscal especial. La DGT responde que no, porque las sociedades receptoras solo recibirán el 33,33% de las participaciones, incumpliendo el requisito de mayoría.

En 5 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2021-04-27PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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