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V1068-16 ·16 de marzo de 2016 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

La publicidad en webs o blogs mediante banners está sujeta a IVA y no requiere retención en IRPF

Un comerciante consulta si el pago de comisiones a gestores de webs/blogs por la inserción de banners publicitarios está sujeto a IVA y si debe practicar retenciones en IRPF. La DGT determina que el servicio es publicidad sujeta a IVA y que no hay obligación de retener en IRPF.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2016-03-16PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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