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V0989-21 ·20 de abril de 2021 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Una fusión podría acogerse al régimen especial si cumple los requisitos mercantiles y fiscales y tiene motivos económicos válidos

Una entidad consultó si su operación de fusión podía aplicar el régimen especial de la Ley del Impuesto sobre Sociedades y si sus objetivos eran económicos. La DGT indica que debe cumplir la normativa mercantil y el artículo 76.1.a) de la LIS, además de no tener como fin principal el fraude o la ventaja fiscal.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2021-04-20PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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