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V0891-21 ·14 de abril de 2021 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

No se puede aplicar el régimen de especialidades de los artículos 64 y 75 de la LIRPF por pagos de atrasos de alimentos si se tiene la guarda y custodia

Un contribuyente consultó si podía aplicar el régimen de especialidades de los artículos 64 y 75 de la LIRPF por el pago de 5.000 euros en atrasos de pensión alimenticia de su hijo. La DGT responde que, al tener la guarda y custodia del hijo, tiene derecho al mínimo por descendientes y no puede aplicar la especialidad de las anualidades por alimentos.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2021-04-14PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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