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MEDIO
FISCAL

La compensación del régimen especial de agricultura, ganadería y pesca del IVA no se computa como ingreso

V0679-25

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia

Ficha tecnica

Tipo
consulta-vinculante (que es?)
Identificador
V0679-25
Publicacion
15 abr 2025

Resumen

El consultante pregunta si la compensación del régimen especial de IVA en agricultura debe incluirse en el volumen de ingresos para determinar el límite de estimación objetiva del IRPF. La DGT indica que, según la normativa para 2025, dicha compensación no se computa entre los ingresos.

En 6 claves

A quien afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Que hacer y antes de cuando

Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Linea de vida

2025-04-15PublicacionPublicacion en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

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Este analisis tiene caracter informativo y no constituye asesoramiento juridico ni crea relacion cliente-asesor. BM Consulting.
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