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V0608-14 ·6 de marzo de 2014 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Posibilidad de aplicar el régimen especial de fusión y la no sujeción al IVA en fusiones transfronterizas

Una sociedad de valores consulta si su fusión con una entidad luxemburguesa puede acogerse al régimen especial de fusiones, la compensación de bases imponibles negativas y la no sujeción al IVA. La DGT determina que la operación cumple los requisitos para el régimen especial y la no sujeción al IVA, siempre que existan motivos económicos válidos y se transmita una unidad económica autónoma.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2014-03-06PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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