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V0606-16 ·15 de febrero de 2016 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Se puede aplicar el régimen especial de escisión si se cumplen los requisitos de la LIS y existen motivos económicos válidos

Una entidad consulta si su operación de escisión puede acogerse al régimen fiscal especial de reorganización societaria. La DGT responde que es posible si la operación cumple con la normativa mercantil y los requisitos de la LIS, siempre que no tenga como fin principal el fraude o la ventaja fiscal.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2016-02-15PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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