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V0597-26 ·13 de marzo de 2026 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

El recargo de equivalencia en importaciones debe liquidarse conjuntamente con el IVA por las autoridades aduaneras

Un comerciante sometido al régimen de recargo de equivalencia consulta cómo debe proceder para el pago de dicho recargo al importar bienes. La DGT aclara que la liquidación se realiza en la aduana junto con el IVA.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2026-03-13PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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