Las retribuciones de funcionarios por permiso de cuidado de hijo con enfermedad grave no están exentas en el IRPF
Ficha tecnica
Resumen
Una funcionaria consultó si los sueldos percibidos durante la reducción de jornada por cuidado de un hijo con enfermedad grave estaban exentos según el artículo 7.z) de la LIRPF. La DGT responde que no es aplicable la exención porque dichas cantidades son retribuciones salariales y no ayudas o subsidios.
En 6 claves
A quien afecta
Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.
Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Que hacer y antes de cuando
Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.