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V0378-18 ·14 de febrero de 2018 ·consulta-vinculante Impacto medio
FISCAL

Las sociedades residentes en España no tienen obligación de nombrar un representante con domicilio en España

Una sociedad limitada constituida en España con un administrador único residente en el extranjero pregunta si debe nombrar un representante legal en territorio español. La DGT responde que, al ser la sociedad residente en España, no le aplica la obligación de designar representante con domicilio nacional.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2018-02-14PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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