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V0193-14 ·28 de enero de 2014 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Se puede aplicar el régimen especial de fusión si existen motivos económicos válidos y no fraude fiscal

Una empresa consultante pregunta si la fusión de su filial puede acogerse al régimen especial de Impuesto sobre Sociedades. La DGT responde que es posible si la operación cumple los requisitos mercantiles y tiene motivos económicos válidos, aunque existen limitaciones para compensar bases imponibles negativas relacionadas con deterioros previos.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2014-01-28PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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