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V0089-15 ·14 de enero de 2015 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

La fusión de una sociedad inactiva puede acogerse al régimen especial si existen motivos económicos válidos

Una entidad consultó si la fusión por absorción de una sociedad íntegramente participada e inactiva podía aplicar el régimen especial de las operaciones de reorganización. La DGT responde que, si la operación cumple los requisitos mercantiles y fiscales, la inactividad de la absorbida no impide el uso del régimen especial si existen motivos económicos válidos.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2015-01-14PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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