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V0035-20 ·13 de enero de 2020 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

La escisión de activos inmobiliarios que no constituyen una rama de actividad no puede acogerse al régimen especial de Impuesto sobre Sociedades

Una empresa vitivinícola consulta si la segregación de fincas y participaciones en otra sociedad puede aplicar el régimen especial de escisiones. La DGT determina que la parte de activos inmobiliarios no constituye una rama de actividad distinta y, por tanto, no califica para el régimen especial.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2020-01-13PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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