El Real Decreto 370/2026 establece que las empresas que desarrollan actividades de formación en el trabajo pueden solicitar subvenciones directas mediante el Servicio Público de Empleo Estatal. La solicitud debe presentarse en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor, según lo establecido en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, y se basa en la norma de conformidad con la Ley 3/2023, de 28 de febrero. El plazo de presentación es clave para mantener el derecho a acceso a las subvenciones.
Aplica a este perfil
art. 22.2.c) Ley 38/2003
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
art. 22.2.c) Ley 38/2003
Para empresas que desarrollan formación laboral, el plazo de tres meses para presentar la solicitud es crítico: si no se presentan, pierden el derecho a acceder a las subvenciones. Las administraciones públicas no modifican el criterio de elegibilidad, pero amplían el acceso a través del canal estatal. Los trabajadores en formación no son directamente afectados, pero el acceso a empleo formativo depende de la capacidad de las empresas para cumplir con el plazo de presentación.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Presentar solicitud de subvención en el plazo de 3 meses desde la entrada en vigor | art. 22.2.c) Ley 38/2003 | 3 meses desde entrada en vigor |
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