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BOE-A-2026-9869 ·6 de mayo de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Fiscal

Investigadores establecidos: 30 días para presentar solicitud de certificado R3

La Resolución de 24 de abril de 2026 aprueba la convocatoria para obtener el certificado R3 como investigador establecido, conforme a la Ley 14/2011. Se establece un plazo de presentación de solicitudes de 30 días, desde la publicación de la convocatoria, y se definen los requisitos generales de participación y el contenido de las solicitudes (art. 6 y 7). El objetivo es facilitar la movilidad de investigadores en el espacio europeo de investigación.

En 3 claves

  1. Plazo de presentación de solicitudes: 30 días desde la publicación (art. 6)
  2. Requisitos de participación definidos en el artículo 5 (art. 5)
  3. Certificado R3 destinado a facilitar la movilidad en el espacio europeo de investigación (texto inicial)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas con investigadores empleados

Aplica a este perfil

  • Autónomos investigadores con actividad científica

Aplica a este perfil

  • Investigadores establecidos que deseen obtener el certificado R3

art. 5

Aplica a este perfil

  • Empresas con investigadores empleados o contratados

Aplica a este perfil

  • Investigadores no residentes en España que deseen obtener el certificado R3

art. 5

Cómo afecta a los implicados

Los investigadores establecidos pueden presentar su solicitud de certificado R3 dentro de 30 días, lo que facilita su movilidad en el ámbito europeo. Las universidades y centros de investigación deben actualizar sus procesos de evaluación y revisión de solicitudes. Los asesores de investigación deben informar a sus clientes sobre el plazo y los requisitos específicos. Las administraciones públicas podrían reducir el número de solicitudes presenciales si se aprovecha el canal digital.

Línea de vida

2026-05-06PublicacionPublicación en el BOE
2026-05-06Entra en vigorEntrada en vigor (art. 1)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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