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BOE-A-2026-9798 ·6 de mayo de 2026 ·Ley critical
Administrativo

Las empresas con más de 10 trabajadores deben adaptar su registro de jornada en 3 meses o enfrentar multas de hasta 7.500 EUR/trabajador

La Ley 4/2026 modifica el artículo 23 de la Ley 2/2017, obligando a empresas con más de 10 trabajadores a actualizar su registro de jornada en formato electrónico. Este cambio busca mejorar la transparencia y control del tiempo laboral, y se aplica desde el 7 de abril de 2027 (art. 23, disposición final 1). Las multas por incumplimiento pueden alcanzar hasta 7.500 EUR por trabajador.

En 2 claves

  1. Empresas con más de 10 trabajadores deben adaptar su registro de jornada en 3 meses (art. 23, disposición final 1)
  2. Multas de hasta 7.500 EUR por trabajador por incumplimiento (art. 23, disposición final 1)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas con más de 10 trabajadores
  • Independientemente del sector

art. 23, disposición final 1

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  • Autónomos con trabajadores a cargo

Aplica a este perfil

  • Empresas con más de 10 trabajadores

art. 23, disposición final 1

Cómo afecta a los implicados

Las empresas con más de 10 trabajadores deben actualizar su sistema de registro de jornada en formato electrónico. Los trabajadores no sufren cambios directos, pero su jornada laboral será más transparente. Los asesores y gestoras deben revisar sus procedimientos para asegurar el cumplimiento del nuevo registro. Las empresas que no actúen dentro del plazo corren el riesgo de multas por incumplimiento.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Adaptar el registro de jornada a formato electrónico art. 23 3 meses desde el 7 de abril de 2027

Línea de vida

2026-05-06PublicacionPublicación en el BOE
2027-04-07Entra en vigorEntrada en vigor (fecha_vigencia (indice oficial del BOE))
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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