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BOE-A-2026-9794 ·6 de mayo de 2026 ·otro Impacto bajo
Fiscal

Se suspenden preceptos de la Ley 5/2025 a partir del 6 de mayo de 2026

La sentencia suspende desde el 6 de mayo de 2026 la aplicación de varios artículos de la Ley 5/2025 (127, 129, 136, 139, 140 y 195), y desde el 26 de febrero de 2026 para las partes legitimadas. Esta medida se produce por recurso de inconstitucionalidad presentado ante el Tribunal Constitucional, y afecta a la vigencia de dichos preceptos en el tiempo. La inclusión de otras leyes (8/2017 y 4/2021) se considera modificada por la Ley 5/2025.

En 2 claves

  1. Suspenden preceptos de la Ley 5/2025 desde el 6 de mayo de 2026 (art. 127, 129, 136, 139, 140 y 195 de la Ley 5/2025)
  2. Aplicación suspendida desde el 26 de febrero de 2026 para partes legitimadas (disposición final)

A quién afecta

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Cómo afecta a los implicados

Las administraciones públicas y los organismos afectados por los artículos suspendidos deben suspender su aplicación desde el 6 de mayo de 2026. Las partes legitimadas deben hacerlo desde el 26 de febrero de 2026. Los servicios públicos y los servicios de salud podrían verse afectados en su funcionamiento por la suspensión de normas clave. Los asesores deben revisar las bases jurídicas de sus actuaciones y ajustar sus procedimientos a la suspensión vigente.

Línea de vida

2026-05-06PublicacionPublicación en el BOE
2026-05-06Entra en vigorEntrada en vigor (disposición final)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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