La sentencia suspende desde el 6 de mayo de 2026 la aplicación de varios artículos de la Ley 5/2025 (127, 129, 136, 139, 140 y 195), y desde el 26 de febrero de 2026 para las partes legitimadas. Esta medida se produce por recurso de inconstitucionalidad presentado ante el Tribunal Constitucional, y afecta a la vigencia de dichos preceptos en el tiempo. La inclusión de otras leyes (8/2017 y 4/2021) se considera modificada por la Ley 5/2025.
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Las administraciones públicas y los organismos afectados por los artículos suspendidos deben suspender su aplicación desde el 6 de mayo de 2026. Las partes legitimadas deben hacerlo desde el 26 de febrero de 2026. Los servicios públicos y los servicios de salud podrían verse afectados en su funcionamiento por la suspensión de normas clave. Los asesores deben revisar las bases jurídicas de sus actuaciones y ajustar sus procedimientos a la suspensión vigente.
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