El XXIII Convenio Colectivo de ámbito estatal para industrias extractivas, vidrio y cerámica se publica y entra en vigor el 1 de enero de 2025, según el art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015. Este convenio establece condiciones laborales específicas que deben aplicarse en estas industrias hasta el 31 de diciembre de 2027, y es prorrogable. Las empresas afectadas deben integrar sus políticas laborales conforme a sus normas.
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art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015
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Las empresas en sectores extractivos, vidrio y cerámica deben adoptar las condiciones laborales establecidas en el nuevo convenio desde 1 de enero de 2025. Los trabajadores obtienen mayor protección laboral y claridad en derechos. Los asesores deben revisar los contratos y acuerdos laborales para asegurar conformidad con el nuevo convenio. Las administraciones regionales deben verificar el cumplimiento en sus inspecciones.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Revisar y ajustar políticas laborales según el XXIII Convenio Colectivo | art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 |
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