La Ley 6/2025 establece un nuevo marco jurídico para el Tercer Sector de Acción Social en Andalucía, alineándose con el Estatuto aprobado por la Ley Orgánica 2/2007. Las asociaciones deben adaptar su estatuto dentro de un plazo de tres meses a partir de la entrada en vigor, conforme a lo dispuesto en el artículo 4. Esta norma busca fortalecer la regulación y la autonomía de las organizaciones no gubernamentales en el ámbito social.
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Las asociaciones de acción social en Andalucía deben actualizar sus estatutos dentro de tres meses para cumplir con la nueva regulación. Los asesores y gestores de estas organizaciones deben revisar los cambios y asegurarse de que los plazos se cumplan. Las administraciones locales podrán beneficiarse de una mayor claridad normativa en el ámbito social, aunque el proceso de adaptación puede generar carga administrativa temporal.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Adaptar el estatuto de la asociación a la nueva Ley 6/2025 | art. 4 | 3 meses desde la entrada en vigor |
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