Empresas de seguridad: 3 meses para aplicar tablas salariales revisadas o multas de hasta 15.000 EUR
Ficha tecnica
Resumen
La Resolución de 20 de abril de 2026 publica la sentencia del Tribunal Supremo que nula las tablas salariales para 2021 del Convenio colectivo de Alcor Seguridad, SL, declarando su casación y nulidad (art. 166.3 L36/2011). Las empresas de seguridad deben actualizar sus salarios según las nuevas tablas o enfrentar multas de hasta 15.000 EUR por incumplimiento.
En 2 claves
- Las empresas de seguridad deben aplicar las nuevas tablas salariales o enfrentar multas de hasta 15.000 EUR (art. 166.3 L36/2011)
- La sentencia del TS nula las tablas salariales para 2021 del Convenio de Alcor Seguridad (Sentencia TS 18/12/2025)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- Empresas de seguridad privada
- Convenios colectivos aplicables
art. 166.3 L36/2011
Aplica a este perfil
- Autónomos que trabajen en seguridad privada
- Convenios colectivos aplicables
Aplica a este perfil
- Empresas de seguridad privada con más de 100 trabajadores
- Convenios colectivos aplicables
art. 166.3 L36/2011
Como afecta a los implicados
Las empresas de seguridad privada deben ajustar sus salarios a las nuevas tablas salariales establecidas por el Tribunal Supremo. Los trabajadores podrían ver aumentos salariales si se aplican las nuevas tablas. Las administraciones y asesores deben verificar la actualización de los contratos y la conformidad con el nuevo convenio. El incumplimiento conlleva multas de hasta 15.000 EUR por trabajador afectado.
Que hacer y antes de cuando
| Accion | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Revisar y ajustar salarios según las nuevas tablas salariales del TS | art. 166.3 L36/2011 | |
| Verificar el cumplimiento del convenio colectivo con las nuevas tablas salariales | art. 166.3 L36/2011 |
Linea de vida
Recursos BMC para esta norma
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