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BOE-A-2026-9347 ·29 de abril de 2026 ·Resolución Impacto medio
Fiscal

Empresas de seguridad: 3 meses para aplicar tablas salariales del 2021 según sentencia del TS

La Resolución de 20 de abril de 2026 publica la sentencia del TS del 18 de diciembre de 2025 que nula las tablas salariales del 2021 del Convenio de Alcor Seguridad, SL. Se establece que las empresas de seguridad deben adoptar las nuevas tablas salariales que se derivan de la casación, conforme al art. 166.3 de la Ley 36/2011. El plazo para su aplicación es de tres meses desde la entrada en vigor (art. 2).

En 2 claves

  1. Las empresas de seguridad deben aplicar las nuevas tablas salariales del 2021 según sentencia del TS (art. 2)
  2. El plazo para la aplicación es de 3 meses desde la entrada en vigor (art. 2)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas de seguridad privada
  • Con independencia del tamaño

art. 166.3

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

art. 166.3

Aplica a este perfil

  • Empresas de seguridad privada con más de 10 trabajadores

art. 166.3

Cómo afecta a los implicados

Para empresas de seguridad privada, se obliga a actualizar las tablas salariales de 2021 conforme a la sentencia del TS, que declara nula la versión anterior publicada en 2018. Se genera un riesgo de incumplimiento si no se ajustan en el plazo establecido. Las empresas deben revisar sus contratos y pagos salariales para evitar despidos o reclamaciones por baja remuneración (art. 166.3, art. 2).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Aplicar las nuevas tablas salariales del 2021 según sentencia del TS art. 2 3 meses desde entrada en vigor
Revisar contratos de trabajo para ajustar salarios a las nuevas tablas art. 166.3 3 meses desde entrada en vigor

Línea de vida

2026-04-29PublicacionPublicación en el BOE
2026-05-05Entra en vigorEntrada en vigor (disposicion final)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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