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BOE-A-2026-9045 ·25 de abril de 2026 ·Ley critical
Administrativo

Las administraciones navarras deben suprimir la disposición transitoria 1 de la Ley Foral 7/2018 en 30 días

La Ley Foral 3/2026 suprime la disposición transitoria 1 de la Ley Foral 7/2018, que establecía un periodo de transición para la aplicación de ciertas normas. Esta modificación obliga a las administraciones navarras a eliminar dicha disposición en un plazo de 30 días desde la entrada en vigor. El cambio afecta directamente a la estructura temporal de aplicación de las normas de buena práctica y anticorrupción.

En 2 claves

  1. Se suprime la disposición transitoria 1 de la Ley Foral 7/2018 (art. 29 bis)
  2. Las administraciones navarras deben suprimirla en 30 días (disposicion final)

A quién afecta

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Cómo afecta a los implicados

Las administraciones públicas de Navarra deben actuar inmediatamente para suprimir la disposición transitoria, lo que puede generar ajustes en sus procedimientos internos. Los asesores de cumplimiento deben revisar sus planes de transición y asegurarse de que no se mantengan normas obsoletas. Los ciudadanos y organizaciones de control podrían notar una mayor claridad en la aplicación de las normas de anticorrupción.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Suprimir la disposición transitoria 1 de la Ley Foral 7/2018 disposicion final 30 días desde la entrada en vigor

Línea de vida

2026-04-25PublicacionPublicación en el BOE
2026-04-08Entra en vigorEntrada en vigor (fecha_vigencia (indice oficial del BOE))
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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