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BOE-A-2026-8859 ·22 de abril de 2026 ·Resolución Impacto medio
Fiscal

Empresas del sector lácteo: 3 meses para aplicar tablas salariales de 2025 y 2026

La Resolución de 10 de abril de 2026 publica las tablas salariales definitivas de 2025 y provisionales de 2026 aprobadas por la Comisión Paritaria del Convenio colectivo estatal para industrias lácteas y derivados. Estas tablas se aplican a las empresas del sector conforme a lo establecido en el art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 y el Real Decreto 713/2010. El plazo para su aplicación es de tres meses desde la publicación en el BOE.

En 2 claves

  1. Aplicación de tablas salariales definitivas de 2025 y provisionales de 2026 (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
  2. Plazo de tres meses para su aplicación desde la publicación (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas del sector lácteo y sus derivados
  • Con independencia del tamaño

art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015

Aplica a este perfil

  • Empresas del sector lácteo y sus derivados

art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015

Cómo afecta a los implicados

Las empresas del sector lácteo y sus derivados deben actualizar sus salarios según las nuevas tablas salariales de 2025 y 2026 a partir del 10 de abril de 2026 (art. 90.2 y 3). El cambio afecta directamente a los salarios de los trabajadores en estas empresas. No hay cambios en el régimen de contratación ni en otros derechos laborales. El plazo de aplicación es de tres meses desde la publicación del documento.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Aplicar las tablas salariales definitivas de 2025 y provisionales de 2026 art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 3 meses desde la publicación

Línea de vida

2026-04-22PublicacionPublicación en el BOE
2026-07-22Entra en vigorEntrada en vigor (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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