La Resolución de 10 de abril de 2026 publica las tablas salariales definitivas de 2025 y provisionales de 2026 aprobadas por la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo Estatal para las industrias lácteas y sus derivados. Estas tablas deben ser aplicadas por las empresas del sector dentro de un plazo de tres meses a partir de la publicación, conforme al artículo 90.2 y 3 del RDL 2/2015. El cambio implica una actualización salarial obligatoria que afecta directamente a los trabajadores y a las empresas contratantes.
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art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015
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art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015
Para las empresas del sector lácteo, se genera una obligación de ajuste salarial en función de las nuevas tablas, que deben aplicarse en el plazo establecido. Los trabajadores reciben una modificación en sus salarios, aunque no se especifica si es un aumento o reducción. Los asesores deben revisar los contratos y ajustar las cláusulas salariales. Las administraciones regionales podrían requerir auditorías de cumplimiento en el sector.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Aplicar las tablas salariales de 2025 y 2026 en el plazo de 3 meses | art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 | 3 meses desde la publicación |
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